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Artículo 772 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 772 fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no tiene ningún efecto. Esto quiere decir que no debes preocuparte por él, ya que no existe como regla válida. Cuando una ley se deroga, se borra por completo y no se aplica a nadie.

Texto oficial

ARTICULO 772.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 72) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.