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Artículo 790 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que fue eliminado el 9 de agosto de 1999, así que ya no está vigente y no tienes que preocuparte por cumplirlo. Se derogó, que significa que se quitó de la ley porque ya no servía o fue reemplazado por otra regla. Entonces, no hay ninguna obligación ni derecho que aplicar aquí.

Texto oficial

ARTICULO 790.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 74) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.