Artículo 791 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no aplica porque fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Cuando una ley se deroga, es como si se borrara del todo y ya no tienes que cumplirla ni tomarla en cuenta.
Texto oficial
ARTICULO 791.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.