Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/875
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 875
Artículo 875 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado en 1999. Cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene ningún efecto legal y no aplica en ningún caso.
Texto oficial
ARTICULO 875.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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