Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/876
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 876
Artículo 876 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo está derogado, que quiere decir que ya no es válido ni se usa. Fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía.
Texto oficial
ARTICULO 876.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.