Artículo 878 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 878 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. "Derogado" significa que ya no está vigente, así que no tiene ningún efecto legal. No tienes que preocuparte por él, pues ya no existe como regla que debas seguir.
Texto oficial
ARTICULO 878.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.