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Artículo 879 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, se eliminó oficialmente desde el 9 de agosto de 1999. Lo mismo pasó con todo el capítulo que hablaba de productos amiláceos (como harinas, almidones) y frituras. En términos simples, como está derogado, ya no hay que preocuparse por seguirlo. Es como si esa regla nunca hubiera existido.

Texto oficial

ARTICULO 879.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO V Productos Amiláceos y Frituras (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 79) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.