Artículo 947 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez y no debes tomarlo en cuenta para ningún trámite o problema legal. En otras palabras, es como si esa regla nunca hubiera existido.
Texto oficial
ARTICULO 947.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.