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Artículo 948 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado del código el 9 de agosto de 1999, así que ya no es válido ni se aplica. Básicamente, la ley lo borró por completo, por lo que no existe ninguna regla que tengas que seguir al respecto. No te preocupes por él, ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

ARTICULO 948.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 84) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.