Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona está a cargo de un lugar que almacena o distribuye gas LP, gas natural o gases peligrosos, debe tener un título profesional en ingeniería o en una carrera parecida. Esto aplica sin importar lo que digan las reglas de la Secretaría de Comercio, que también pueden tener sus propios requisitos. En pocas palabras, no cualquiera puede hacerse responsable de estos negocios, solo alguien con estudios formales en el área.
Texto oficial
ARTICULO 95.- El responsable de establecimientos destinados al almacenamiento y distribución de gas licuado de petróleo, suministro de gas natural o gases peligrosos, requiere ser profesional del área de ingeniería o ciencias afines; lo anterior sin perjuicio de lo que establezcan las disposiciones de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.