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Artículo 958 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 958 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999, como lo dice "derogado". En pocas palabras, ya no existe ni se aplica para nada. Como si hubieran borrado esa regla del libro, así que no tienes que preocuparte por cumplirla. Solo significa que esa parte de la ley ya no tiene efecto legal.

Texto oficial

ARTICULO 958.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 84) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.