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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1158

Artículo 1158 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Básicamente, este artículo dice que está prohibido regalar medicamentos que tengan drogas fuertes (como estupefacientes o sustancias psicotrópicas del grupo II), ni siquiera como “muestra médica” o para que los doctores los obsequien. Esto es para evitar que esas medicinas controladas anden por ahí sin control y lleguen a manos equivocadas. Así que, si un médico te ofrece una pastilla de ese tipo “de cortesía”, no es legal.

Texto oficial

ARTICULO 1158.-Queda prohibida la presentación en forma de muestra médlca o de originales de obsequio, de los medicamentos que contengan estupefacientes o subs• tancias psicotrópicas del grupo II del articulo 245 de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 124) ↗

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