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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1157

Artículo 1157 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1157 prohíbe cualquier acción relacionada con las drogas o sustancias peligrosas que están en la lista del grupo I del artículo 245 de la Ley. La única excepción es que se pueden usar solo para investigaciones científicas, como estudios en laboratorios autorizados. En pocas palabras: no puedes comprar, vender, producir o usar estas sustancias para nada más que ciencia. Si no eres un científico con permiso, no las puedes tocar.

Texto oficial

ARTICULO 1157.-Queda prohibido todo acto reladonado con las substancias enu• meradas en el grupo I del artí(~ulo 245 de la Ley. Solamente pueden emplearse para fines de Investigación Cientifica. •

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 124) ↗

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