Artículo 1184 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes en tu poder o estás transportando alguna droga o sustancia psicotrópica (de las que afectan la mente) de las más controladas (Grupos I y II), y una autoridad te pide que demuestres que es legal, tienes que mostrar los documentos que pide la Secretaría de Salud según este reglamento. Si traes medicamentos que contienen esas mismas sustancias controladas, pero son para tu uso personal porque un doctor te los recetó, entonces debes comprobar que son legales enseñando, si te lo piden, una copia de la receta médica o del permiso especial que hayas tramitado.
Texto oficial
ARTICULO 1184.-Laposesiól'l o el transporte de estllpefacicnt~~, sustanciRs psko• tr6picas de loa Grupos 1 Y n dtn articulo 245 dala Ley 0 produc~os prcp<!xados que los con~~. deberl acreditarse; cuando asi lo requieran las autorid~des, con la documen• tacl6n .pedida por la Sec:retarla en los ténninos de ¡.~ste Reglamento. relativa al acto. que motive la poíItSión o eltrapsporte. . . ARTICULO 1185.-1.&$ posesión de medicamento que contengan estupefacientes ,o sustanclu psleotr6pleas del Grupo ll.del articulo 245 de la Ley, para liS:) personal de pa• cientes en tratamiento, deberá cotnprobarse. cuando así lo reCJ.úienm l,hS autoridades, con la COfia de la receta o del penniso especial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.