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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1197

Artículo 1197 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1197 dice que, para hacer cualquier cosa relacionada con drogas peligrosas (como las que menciona el artículo 1153 de este Reglamento), necesitas un permiso de salud que te dé la Secretaría. Estas drogas son las que están en los Grupos I, II, III y IV del artículo 245 de la Ley. En pocas palabras, si quieres manejar, vender o usar ciertas sustancias controladas, primero debes obtener ese permiso oficial; sin él, no puedes hacerlo legalmente.

Texto oficial

ARTICULO 1197 .-Requiere de penniso sanitario expedido por la Secretaria, la rea• lización de cualquier acto de los señalados en el. artículo 1153 de este Reglamento, rela- cionado con estupefacientes y sustancias psicotrópieas de los Grupos 1, 1I, nI y IV del artículo 245 de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 128) ↗

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