Artículo 1236 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1236 dice que los productos de perfumería y belleza son cosas que te pones directamente en la piel, el cabello o las uñas para verte mejor y mantenerte limpio. El artículo 1237 los divide en cuatro grupos: los que cambian el olor del cuerpo, como perfumes o desodorantes; los que mejoran tu apariencia, como cremas o maquillaje; los que usas para tu aseo personal, como jabones o shampoos; y los repelentes contra insectos que te untas en la piel.
Texto oficial
ARTICULO 1236.-Se entiende por productos de perfumería y belleza, aquellas pre- paraciones destinadas para su aplicación directamente a la piel, sus anexos y faneras, y que tienen por objeto mejorar y conservar la apariencia y pulcritud de las personas. ARTICULO l237.-Los productos de perfumería y belleza se clasifican: 1. Productos de cualquier origen, independientemente de su estado físico, destina- dos a modificar el olor del cuerpo humano; n. Productos O preparaciones de uso externo, destinados a preservar o mejorar la apariencia personal; . III. Productos o preparados destinados al asco de las personas, y IV. Los repelentes a insectos que se aplican directamente a la piel.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.