Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/1264
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1264
Artículo 1264 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Un repelente de insectos es cualquier producto que te pones en la piel para que los bichos no te piquen. Sirve para evitar las picaduras de diferentes tipos de insectos.
Texto oficial
ARTICULO 1264.-Se entiende por repelente de insectos el producto que, utilizado sobre la piel humana, evita las picaduras de diversos insectos.
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