Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/1263
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1263

Artículo 1263 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un producto de limpieza no se va a vender directamente a las personas, sino solo a fábricas o empresas, no necesita un permiso de salud (llamado registro sanitario), pero sí debe ser vigilado por las autoridades. Además, en su etiqueta tiene que decir bien clarito: "exclusivamente para uso industrial".

Texto oficial

ARTICULO 1263.-Si un producto de aseo no se vende o suministra al público, esta- rá sujeto a vigilancia pero no a registro sanitario, y deberá indicar claramente en la le- yenda: "exclusivamente para uso industrial".

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 147) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 1263 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios, explicado | Precedente Legal