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Artículo 1283 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1283 dice que los materiales que se usan para cubrir por dentro las latas de comida enlatada y los envases de perfumes, productos de belleza o de aseo personal deben cumplir con estas reglas: pegarse bien a la lata sin desprenderse ni mezclarse con lo que está adentro, no disolverse ni reaccionar con el contenido, no ser dañinos para la salud, no tener residuos de químicos volátiles (que se evaporan fácilmente), no contener sales de metales pesados (como plomo o mercurio), evitar que la lata se oxide, no cambiar la acidez o alcalinidad del producto, y cumplir con lo que indique la norma oficial mexicana. El artículo 1284 luego lista las sustancias que sí están permitidas para hacer esos recubrimientos, como las resinas oleorresinosas, fenólicas o epóxicas, solas o combinadas con otras capas.

Texto oficial

ARTICULO 1283.~Las sustancias que se utilicen, en su caso, para revestir interior- mente los envases de los productos alimenticios enlatados, y para productos de perfume- ría, belleza y aseo, deberán reunir los requisitos siguientes: 1. Quedar perfectamente adheridas a las superficies en que se apliquen y no des- prenderse, quebrarse o incorporarse en alguna forma al contenido; II. Ser insolubles o inactivas con respecto a los compuestos del contenido; nI. No ser nocivas; IV. Quedar totalmente exentas de los compuestos volátiles que se utilicen para su disolución y aplicación; V. No contener sales de metales pesados; VI. Impedir la corrosión de la lata; VII. No alterar la acidez y alcalinidad del producto, y VIII. Las demás que determine la Secretaría en la norma técnica correspondiente. ARTICULO l284.-Se consideran recubrimientos adecuados para estos envases, las siguientes sustancias y sus mezclas: 1. 01eorresinoso; lI. 01eorresinoso modificado; Lunes 18 de enero de 1988 '1 DIARIO OFICIAL Segunda SecciÓn 21 III. Oleorresinoso con pigmento de óxido de zinc en suspensión; IV. Base oleorresinosa con capa vinilica superior; V. Base oleorresinosa o de polibutadieno con capa vinílica superior; \TI. Fenólico, y VII. Epóxicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 148) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.