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Artículo 1304 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las fuentes abiertas de radiaciones ionizantes son materiales que sueltan radiación y se usan para tratamientos médicos, como en hospitales. Según este artículo, esos materiales deben guardarse en recipientes especiales que cumplan con las reglas que ponga la Secretaría de Salud. Esto es para evitar accidentes o que alguien se exponga sin querer a la radiación. En pocas palabras, la ley exige que se almacenen de forma segura, siguiendo instrucciones oficiales.

Texto oficial

ARTICULO 1304.-Las fuentes abiertas de radiaciones ionizantes con fines médicos, deberán a1macenarse en recipientes que cumplan los requerimientos que establezca la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 152) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.