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Artículo 1303 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las fuentes selladas de radiaciones ionizantes que se usan para tratamientos médicos, como en radiología o quimioterapia, deben guardarse dentro de recipientes especiales que cumplan con las reglas que ponga la Secretaría de Salud. Esto es para que no haya riesgo de que la radiación escape y lastime a las personas. En palabras simples: los aparatos o materiales radiactivos del hospital deben estar bien encerrados en unos contenedores aprobados por el gobierno.

Texto oficial

ARTICULO 1303.-Las fuentes selladas de radiaciones ionizantes con fines médicos, deberán guardarse en contenedores que cumplan con los requisitos establecidos por la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 152) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.