Artículo 1330 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1331 dice que los negocios de gas LP necesitan una licencia sanitaria que dura dos años, siempre y cuando no cambien las condiciones de salud con las que se les dio. Durante ese tiempo, las autoridades pueden ir a inspeccionarlos las veces que sea necesario. El artículo 1332 explica que no se va a permitir poner estos negocios en zonas con mucha gente o muchas construcciones, para proteger la salud de todos. Además, ninguna casa, oficina o lugar de reunión puede estar a menos de 100 metros del tanque más cercano de gas, y esa distancia se ajustará según la capacidad del lugar. Por último, el artículo 1333 señala que la Secretaría de Salud va a publicar en la Gaceta Sanitaria todos los requisitos y reglas que necesitan cumplir estos establecimientos para que los puedan vigilar y controlar bien.
Texto oficial
ARTICULO 1330.-aEll"Csponsablc :sanita.cio verificará con J.a frcci.:.:~ncia requerida que los establecimientos y sus instalaciones, mencionados en 01.ArtkGl0 1328, cumplan las disposiciones sanitarias de seguridad que prescriben la Ley y este Hc;glamcnto, así como las nonnas correspondlcr.tcS. ARTICULO 1331 Lo3 estabkcimientos e inst::tlaciones a que se l.cnere el Artículo 1328, requieren de la lkcncia sanitaria. La licencia tendrá una vigencia de dos años siempre y cuando no ;,;ambicn las condi- ciones sanitarias para :as q'.lCse eXpidió. pudi¡~ndose lns¡;cc.:;iol1é!r ,~icbJs ,.'~'ta'Jlccim¡cn- tos, cuantas veces sea necesario. ARTICULO 1332 Para evitar riesgos a la salud de la población, no se autorizará la instalación de ¡~stablecimicntos de gas L.P., en zonas densamente pobladas o construi- das y en ningún caso se permitIrá la ubicación de casas habitación o '..:cntros de trabajo y reunión a menos de 100 metros contados a partir del tanque más Ci;¡'CanOa ellos, de cualquier establecimlí:.nto; 1'"di:>tancia en que sc autorizará t;,l ,;tlc,lcié'.n>..: fijará en la norma técnica que se emita, de acuerdo con la capacidad iT"!staL\(ja de al:r¡¡;cenamiento de gas L.? SU ubicación estará sujeta, además, a las condicion<:s cst;<bl,~(..jd3Sen las dis- posiciones legales aplkabIcs. ARTICULO 13:33.-La Secretaría determinará los requisitos sani1a¡':os de los esta- blecimientos e instalacionf's a que SE'refiere el Artículo 1128 a t~.;"',,~s ri'.'1<1n';;ma técnica correspondiente que se publícará en la Gaceta Sanitaria. Asimismo publicará la;:;(vmdieior,cs, requisitos y iCaracter1sticL:; Y.¡nij:~trl':l~¡que juz- gue necesarias parala vigilancia y control de tales establecimicntos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.