Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier persona puede denunciar cuando vea algo que ponga en riesgo o dañe la salud de la gente, como por ejemplo, un foco de contaminación. Para hacer la denuncia, debes ir por escrito o en persona a la oficina de salud correspondiente, explicar claramente cuál es el problema y dar datos suficientes para que puedan encontrar la causa del riesgo. Si la haces de palabra, el encargado de la oficina debe escribirla con lo que tú le digas. Te tienen que dar una copia de tu denuncia con el sello de recibido, y en máximo cinco días hábiles la deben enviar al área que la va a atender, la cual debe informarte qué se hizo. No se aceptan denuncias anónimas.
Texto oficial
ARTICULO 20.-La acción popular a que se refiere el artículo 60 de la Ley podrá ejercitarse por cualquier persona, para lo cual deberá: l.-Denunciar los hechos por escrito o personalmente ante la oficina a que se refiere el articulo anterior, o unidad administrativa correspondiente, en su caso; I1.-Sei\alar el hecho, acto u omisión que a su juicio represente un riesgo o provoque un daño a la salud de la población, y III.-Proporcionar los datos que penniten identificar y localizar en fonna indubita• 'ble la causa del riesgo o daño sanitario. Cuando la denuncia se haga en fonna verbal el responsable de la oficina o unidad administrativa, en su caso, hará constar por escrito la denuncia con base en las declara• ciones del denunciante. La oficina mencionada o la autoridad sanitaria, según se trate, deberá proporcionar al denunciante copia del documento en el que conste la denuncia con el sello de recep• ción. Una vez recibida la denunéia la oficina mencionada o la autoridad sanitaria, en su caso, remitirá el ~scrito de denuncia en un ténnino no mayor de cinco días hábiles a lQ6 unidad administrativa competente, la cual deberá infonnar al denunciante de la aten• ción que se dé a la denuncia. En ningún caso se dará trámite a denuncia anónima.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.