Artículo 217 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los gobiernos de cada estado en México van a dar una autorización a los responsables de vigilar que el agua tenga buena calidad. Esa autorización se otorga siempre y cuando cumplan con los requisitos que ponga la Secretaría de Salud. En otras palabras, si alguien quiere ser el encargado de revisar que el agua esté limpia y no haga daño, el gobierno estatal le dará el permiso solo si cumple con lo que pide la Secretaría.
Texto oficial
ARTICULO 217.-Los gobiernos de las entidades federativas otorgarán, de confor· 28 Primera Sección DIARIO Ol"ICIAL Lunes 18 de enero de 1988 ,midad con los requisitos que fije la Secretaría, la autorización de responsable de control de calidad sanitaria del agua.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.