Artículo 264 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La leche que es semi-descremada, pasteurizada y con sabor (como fresa o chocolate), necesita registrarse en la Secretaría de Salud antes de poder venderse al público. Además, debe cumplir con los mismos requisitos que las leches normales. En la etiqueta del envase tienes que poner tres cosas: primero, el sabor del producto, por ejemplo "Sabor a fresa". Segundo, decir que la leche está homogeneizada, que significa que la grasa está bien mezclada y no se separa. Tercero, listar todos los ingredientes, empezando por el que más cantidad tiene y terminando con el que menos.
Texto oficial
ARTICULO 264.-La leche pasteurizada scmidescremada con sabor, para su venta y suministro al público, debe registrarse en la Secretaría y cumplir con los requisitos señalados en los tres articulos anteriores. En las etiquetas de los envases en que se ex• penda, se hará constar; 1. En la denominación incluir "SABOR DE ... " en el espacio en blanco señalar el sa• bor del producto; 11. Que el producto es homogeneizado, y 111. La lista de ingredientes empleados en orden decreciente de predominio cuanti• tativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.