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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
289

Artículo 289 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 289 dice que las vacas y toros de los ranchos deben pasar por varias pruebas de salud por obligación. Tienen que hacerse la prueba de tuberculosis, la revisión de mastitis (infección en las ubres), el chequeo de brucelosis (una enfermedad que contagian), un examen general del animal y cualquier otra prueba que pida la Secretaría de Agricultura. Todas estas revisiones deben hacerse siguiendo las reglas que establezca esa misma Secretaría.

Texto oficial

ARTICULO 289.-Los bovinos de los hatos productorcs se sujetarán a los exámenes y pruebas siguientes: . , l. Tuberculinizaéión; II. Diagnóstico de mastitils; 111. Diagnóstico de bruce10sis; IV. Examen cHnico general, y V. Otros exámenes o prul~bas que determine la Secretaria. Lunes 18 de enero de 1988 DIARIO OFICIAL Primera Sección 37 Las técnicas y estimaciones de los resultados de las pruebas anteriores se sujetarán a las disposiciones especificadas por la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráuli• cos,

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 36) ↗

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