Artículo 288 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud va a decidir reglas extras de limpieza y seguridad para los establos, las plantas donde concentran leche y las pasteurizadoras. Esas reglas las va a poner en un documento oficial llamado "norma técnica". Eso significa que los dueños de esos lugares tendrán que cumplir con lo que la Secretaría diga para asegurar que la leche no haga daño a tu salud.
Texto oficial
ARTICULO 288.-La Secretaría estableccrá los requisitos sanitarios adicionales que deben satisfacer los establos, las plantas concentradoras y las pasteurizadoras en la norma técnica correspondienh~. CAPITULO In Ganado
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.