- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 309
Artículo 309 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Está prohibido vender leche ultrapasteurizada (normal o semidescremada) en envases que puedas devolver para que los laven y vuelvan a usar. Es decir, si ves leche de este tipo en botellas o envases de vidrio retornables, no se puede comercializar. La regla solo aplica a la leche que ya pasó por un proceso de ultra alta temperatura y que viene en empaques diseñados para ser reutilizados.
Texto oficial
ARTICULO 309.-Se prohibe la venta de leche ultrapasteurizada y ultrapasteuriza- da semidescremada, en envases retornables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.