Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/322
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
322

Artículo 322 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Productos como la leche y sus derivados deben guardarse en refrigeradores o cuartos fríos, bien limpios y que no dejen entrar humo o gases dañinos. La temperatura del lugar no debe pasar los 6 grados centígrados para mantenerlos en buen estado. Esto aplica solo cuando el producto lo requiera, como la leche pasteurizada. Así se evita que se echen a perder o te hagan daño.

Texto oficial

ARTICULO 322.-Los produdos y detivados de la leche que así lo requieran, se al• macenarán en refrigeradores o en bodegas refrigeradas, en condiciones higiénicas y a prueba de faumr nociva. La températura de almacenamiento, en su caso, no será mayor de 6°C.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 40) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 322 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios, explicado | Precedente Legal