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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/404
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
404

Artículo 404 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los helados se descongelan por cualquier razón, pero todavía están dentro de la fábrica (sin haber salido para venderse), la ley exige que se pasteuricen antes de congelarlos otra vez. Pasteurizar significa calentarlos a una temperatura que elimine bacterias y haga el producto seguro. Esto aplica aunque el descongelamiento haya sido accidental. No puedes simplemente volver a congelarlos sin este paso.

Texto oficial

ARTICULO 404.-Si por cualquier circunstancia,los helados se llegan a descongelar sin haber salido de la fábrica, se pasteurizarán antes de volver a congelarse.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 49) ↗

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