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Artículo 420 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las cremas vegetales se clasifican según cuánta grasa y sólidos de leche contengan. La crema vegetal normal debe tener al menos 30% de grasa y 75% de sólidos no grasos de leche. La media crema vegetal necesita mínimo 20% de grasa y 10% de esos sólidos. La crema ligera o para café requiere por lo menos 14% de grasa y 12% de sólidos. La crema para pastelería es la misma crema normal batida con azúcar en polvo, y la crema en polvo para café debe tener al menos 40% de grasa y 30% de sólidos no grasos de leche.

Texto oficial

ARTICULO 420 -Las cremas vegetales por su contenido en crasa se cluiffean en: 1 ,../Cretna ve~tal, con un contemdo no menor de 30% de crasa y un contenido mfni• mo'de 7 5% d" sóhdos no grasos de la leche, . II MedIa crema v<'gctal, con un contenIdo no menor de 20% de crasa, .,. un mfnimo <fe 10;& de sóhltós' no grasos de la leche, I m Crem.'vegetal lIgera o para café, con un contenido no menor de 14" de ansa. y un mímmo de 12% de sóhdos no grasos de la leche, IV Crema vegetal para pastelería, es crema vegetal en los término. de la tracción 1 ~ ~te artículo, batida con azúcar pulvenzada, y Lunes 18 de enero de 1988 DIARIO OFICIAL Primera Sced6n 51 V. Crema vegetal en polvo para café, con un contenido no menor de 40% de grasas, y un mínimo de 30% de sólidos no grasos de la leche.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

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