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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
62

Artículo 62 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los negocios o establecimientos necesitan una licencia sanitaria para operar, a menos que la Secretaría de Salud los haya eximido de ese requisito. Si un negocio queda exento, esa información se publica en la Gaceta Sanitaria para que todos lo sepan. Pero ojo, que estar exento de la licencia no significa que puedas ignorar las demás reglas de sanidad; igual tienes que cumplir con todas las demás normas de higiene que le apliquen a tu negocio.

Texto oficial

ARTICULO 62.-Todo establecimi( .to requiere de licencia sanitaria, excepto cuan• do el giro correspondiente haya quedado exento de este requisito por la Secretaria, cir• cunstancia que será publicada E!n la Gaceta Sanitaria. Tal excepción no eximirá del cum• plimiento de las restantes disposicion('s , mitarias aplicables a los mismos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 10) ↗

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