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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
65

Artículo 65 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los gobiernos de cada estado deben dar una licencia sanitaria a los negocios que vendan o sirvan alimentos, bebidas con y sin alcohol, ya sean naturales, preparados o envasados, para que la gente los consuma dentro del local o para llevar. Esa licencia se otorga según las reglas técnicas que ponga la Secretaría de Salud. Si el negocio está en una zona federal o en carreteras principales, entonces la propia Secretaría es la que da la autorización directamente. En pocas palabras, cualquier lugar que venda comida o bebidas necesita un permiso de salud, y quién lo da depende de dónde esté ubicado.

Texto oficial

ARTICULO 65.-Los gobiernos de las entidades federativas otorgarán la licencia sa• nitaria de los establecimiento que expidan o suministren al público, alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas, en estado natural, mezclados, preparados, adicionados o acondicionados, para su consumo, dentro o fuera del mismo establecimiento, de acuerdo con las normas técnicas que expida la Secretaria. Los establecimientos a qUE! se refiere este articulo, serán autorizados directamente por la Secretaria cuando queden comprendidos en zonas federales yen vías generales de comunicación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 10) ↗

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