Artículo 65 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los gobiernos de cada estado deben dar una licencia sanitaria a los negocios que vendan o sirvan alimentos, bebidas con y sin alcohol, ya sean naturales, preparados o envasados, para que la gente los consuma dentro del local o para llevar. Esa licencia se otorga según las reglas técnicas que ponga la Secretaría de Salud. Si el negocio está en una zona federal o en carreteras principales, entonces la propia Secretaría es la que da la autorización directamente. En pocas palabras, cualquier lugar que venda comida o bebidas necesita un permiso de salud, y quién lo da depende de dónde esté ubicado.
Texto oficial
ARTICULO 65.-Los gobiernos de las entidades federativas otorgarán la licencia sa• nitaria de los establecimiento que expidan o suministren al público, alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas, en estado natural, mezclados, preparados, adicionados o acondicionados, para su consumo, dentro o fuera del mismo establecimiento, de acuerdo con las normas técnicas que expida la Secretaria. Los establecimientos a qUE! se refiere este articulo, serán autorizados directamente por la Secretaria cuando queden comprendidos en zonas federales yen vías generales de comunicación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.