Artículo 656 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la etiqueta de las margarinas, oleomargarinas y minarinas, si contienen leche, tienen que decirlo en la lista de ingredientes. Pero no pueden usar eso para anunciarlas como si fueran lácteos ni decir en la publicidad que tienen propiedades nutritivas que en realidad no tienen. O sea, pueden poner que llevan leche solo en los ingredientes, pero no presumirlo en los comerciales para engañar a la gente.
Texto oficial
ARTICULO 656.-En la etiqueta de las margarinas, oleomargarinas y minarinas, se deberá hacer constar en la lista de ingredientes, en su caso, que las mismas contienen leche, pero esta circunstancia no podrá usarse en la publicidad ni podrá señalar propie• dades nutritivas que no contengan los productos antes mencionados. TITULO NOVENO Aditivos Para Alimentos CAPITULO UNICO.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.