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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
73

Artículo 73 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los negocios o comercios deben tener suficiente luz, ya sea del sol o de lámparas, y también buena ventilación para que el aire circule. Esto es obligatorio y debe cumplir con las reglas actuales sobre iluminación y ventilación. La idea es que el lugar sea seguro y cómodo para quienes trabajan o están ahí. Si no cumples, podrías tener problemas con la autoridad.

Texto oficial

ARTICULO 73.-Los establecimientos deberán estar provistos de iluminación sufi• ciente' ya sea natural o artificial, y de ventilación que garanticen el cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 11) ↗

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