- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 73
Artículo 73 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los negocios o comercios deben tener suficiente luz, ya sea del sol o de lámparas, y también buena ventilación para que el aire circule. Esto es obligatorio y debe cumplir con las reglas actuales sobre iluminación y ventilación. La idea es que el lugar sea seguro y cómodo para quienes trabajan o están ahí. Si no cumples, podrías tener problemas con la autoridad.
Texto oficial
ARTICULO 73.-Los establecimientos deberán estar provistos de iluminación sufi• ciente' ya sea natural o artificial, y de ventilación que garanticen el cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.