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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
739

Artículo 739 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo define qué son los alimentos envasados para bebés y niños pequeños. Se refiere a la comida que usas cuando tu bebé deja la leche materna o fórmula (ablactación) y empieza a probar otros alimentos hasta que come como los grandes. Quedan fuera de esta definición los que están hechos principalmente de cereales, como las papillas de arroz o maíz.

Texto oficial

ARTICULO 739.-Se entiende por alimentos envasados para lactantes y niños de corta edad, los que se utilizan durante el período normal de la ablactación y durante la gradual adaptación de los lactantes o de corta edad u la alimentaci6n normal. Se exclu• yen·los elaborados a base de c(~reales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 84) ↗

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