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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
788

Artículo 788 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 788 dice que el "agua potable envasada" es el agua que compras en botellas o garrafones, y se divide en tres tipos: primero, el agua purificada (la que limpian para que sea segura). Segundo, el agua mineral natural, que sale así del manantial con sus minerales. Y tercero, el agua mineralizada artificialmente, a la que le agregan minerales de manera industrial y puede tener burbujas (carbonatada) o no tenerlas.

Texto oficial

ARTICULO 788.-E~ aSU8yotable envasada comprende: 1. Agua purificada; n. Agua mineral natural, y Iil. Agua mineralizada artificialmente, que podrá estar carbonatada o no.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 88) ↗

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