Artículo 824 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un "refresco bajo en calorías" es una soda a la que le quitaron parte del azúcar y le pusieron sacarina o aspartame en su lugar. Esto hace que tenga menos calorías: como máximo, la mitad de las que tendría un refresco normal con azúcar. Además, no puede tener más de 20 calorías por cada 100 mililitros del producto. O sea, si tomas un vaso de 200 ml, este refresco no debe pasar de 40 calorías.
Texto oficial
ARTICULO 824.-Con la denominación de "refresco bajo en calorías", se entiende la bebida refrescante en la que se ha sustituido parcialmente el azúcar u otro edulcoran• te, con sacarina o aspartame. El valor calórico de este producto será, cuando mucho, 50% del correspondiente al producto elaborado con azúcar. En ningún caso contedrá más de 20 calarlas por 100 mI del producto terminado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.