Artículo 833 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 833 dice que el arroz envasado que se venda o entregue debe estar en buen estado y limpio. Puede presentarse de varias maneras: sin la cáscara ni la capa que lo cubre y además pulido; precocido (ya cocido a medias); con su cáscara; o en otras formas que autorice la Secretaría de Salud.
Texto oficial
ARTICULO 833.-El an'oz que se venda o suministn~ envasado, deberá estar sano y lim- pio, pudiéndose presentar: 1. Sin glumas, ni pericarpio y pulido; n. Precocido; \ nI. Con pericarpio, y IV. De otras fonna autorizadas por la Secretaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.