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Artículo 833 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 833 dice que el arroz envasado que se venda o entregue debe estar en buen estado y limpio. Puede presentarse de varias maneras: sin la cáscara ni la capa que lo cubre y además pulido; precocido (ya cocido a medias); con su cáscara; o en otras formas que autorice la Secretaría de Salud.

Texto oficial

ARTICULO 833.-El an'oz que se venda o suministn~ envasado, deberá estar sano y lim- pio, pudiéndose presentar: 1. Sin glumas, ni pericarpio y pulido; n. Precocido; \ nI. Con pericarpio, y IV. De otras fonna autorizadas por la Secretaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 92) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.