Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/834
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 834
Artículo 834 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La avena es el grano que ya está listo para comerse: debe estar completo, maduro, en buen estado y seco. No importa si es delgada o gruesa, lo importante es que sea de la planta llamada Avena Sativa. Esto aplica para todo tipo de avena que se venda o use.
Texto oficial
ARTICULO 834.-Se entiend(! por avena, el grano entero, maduro, sano y seco de la Ave• na Sativa, L.
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