Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que tienes prohibido hacerle cualquier cambio a los lugares donde se manejen materiales peligrosos, a menos que la Secretaría (la autoridad) te dé permiso por escrito primero. Aplica para tres tipos de establecimientos: los que usan radiación para medicina, los que guardan o venden gas LP, gas natural u otros gases industriales que son un riesgo para la salud, y los que producen sustancias tóxicas o manejan sus desechos. La regla es que no puedes modificar nada sin el visto bueno del gobierno, aunque hay otras leyes que también aplican en cada caso, como las leyes nucleares o las que regulan el comercio y el medio ambiente.
Texto oficial
ARTICULO 86.-Se prohibe cualquier modi ficadón sin autorización previa de la Se• cretaria, en establecimientos donde: l.-Se utilicen, almacenes u operen fuenh~s de radíaciones ionizantes con fines médicos o se disponga de sus desechos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Reglamen taria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; Il.-Se almacene o distribuya gas L,P., natural y otros ga.ses industriales peligrosos para la salud, sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, y Lunes 18 de enero de 1988 DIARIO OFICIAL Primera Secci6n 13 '1 In.-Se elaboren, fabriquen o sinteticen sustancias tóxicas, o se disponga de sus de• sechos o residuos, sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Urba• no y Ecología.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.