Artículo 898 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 898 dice que el melado (jugo concentrado de caña de azúcar) y la melaza (líquido espeso que sale al refinar el azúcar) no pueden pasarse de los límites de "turbiedad" que marca la norma oficial. "Turbiedad" significa qué tan opaca o sucia se ve el agua o el líquido, como cuando el agua del río se ve lodosa. En corto, estos productos deben cumplir con lo que dice la regla sobre cómo de claros o limpios deben estar.
Texto oficial
ARTICULO 898.-El melado y la melaza no deberAn tebasar los l1mites de t"Ilfiao8a que se establezcan en la norma correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.