- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 926
Artículo 926 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las golosinas como dulces, paletas o chicles no deben tener gérmenes que te puedan enfermar, como bacterias dañinas. Tampoco deben contener venenos que produzcan esos gérmenes, ni sustancias tóxicas que hagan daño a tu salud. Eso quiere decir que todo lo que te venden para comer como golosina debe estar limpio y seguro.
Texto oficial
ARTICULO 926.-Las golosinas no deberán contener microorganismos patógenos, toxinas microbianas, inhibidores microbianos ni productos tóxicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.