- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 956
Artículo 956 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El vinagre que compras en el súper puede tener sabor a especias, como hierbas o condimentos, y también se le puede poner color con caramelo de azúcar. Esto está permitido por la ley, así que no te preocupes si ves un vinagre de color más oscuro o con un aroma diferente. Solo asegúrate de que el caramelo sea de azúcar, no de otros químicos. En pocas palabras, los fabricantes pueden echarle especias y colorante natural de caramelo al vinagre.
Texto oficial
ARTICULO 956.-Los vinagres podrán aromatizarse con especias y colorearse con caramelo de azúcar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.