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Artículo 118 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 118 dice que no tienes que pedir permisos nuevos de salud cuando: 1) cambia el representante legal de una empresa, 2) cambian o corren al responsable del local, 3) aumentan los recursos del negocio, o 4) haces cambios para mejorar la organización. En estos casos, solo debes avisar a la Secretaría de Salud dentro de los 15 días siguientes a que ocurra el cambio. Si no avisas, te pueden aplicar una sanción que está señalada en el artículo 122 de este reglamento.

Texto oficial

ARTICULO 118.- No será necesario solicitar nuevas autorizaciones sanitarias en los siguientes casos: I.- Cuando exista cambio de representante, en el caso de una persona moral; II.- Cuando cambie o se destituya al responsable del establecimiento de que se trate; III.- Cuando exista aumento de recursos, o IV.- Cuando las modificaciones sean para mejorar la organización. En los anteriores casos bastará con dar aviso a la Secretaría dentro de los quince días siguientes a la fecha en que sucedan. La inobservancia del aviso hará incurrir al titular de la autorización, en la causal prevista en la fracción IV del artículo 122 de este Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.