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Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Secretaría es la única encargada de aplicar este reglamento. Pero los gobiernos de los estados también pueden ayudar a dar los servicios que se mencionan, siempre y cuando hayan firmado un acuerdo con la Secretaría para coordinarse. Eso significa que si un estado no tiene convenio, no puede participar.

Texto oficial

ARTICULO 3o.- La aplicación de este Reglamento compete a la Secretaría. Los gobiernos de las Entidades Federativas, en los términos de los Acuerdos de Coordinación que suscriban con dicha Dependencia, podrán participar en la prestación de los servicios a que el mismo se refiere.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.