Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud es la que decide cómo deben operar los bancos de sangre, los bancos de plasma y los servicios de transfusión. Ella pone las reglas sobre qué equipo usar, cómo organizarse y cómo funcionar, todo en normas técnicas o instructivos. Esas reglas se publican en la Gaceta Sanitaria para que todos las conozcan.

Texto oficial

ARTICULO 41.- Los requisitos de servicios, organización, funcionamiento y de ingeniería sanitaria de los bancos de sangre y plasma, así como de los servicios de transfusión, serán fijados por la Secretaría mediante normas técnicas y por instructivos o circulares, publicados en la Gaceta Sanitaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.