Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud es la que decide cómo deben operar los bancos de sangre, los bancos de plasma y los servicios de transfusión. Ella pone las reglas sobre qué equipo usar, cómo organizarse y cómo funcionar, todo en normas técnicas o instructivos. Esas reglas se publican en la Gaceta Sanitaria para que todos las conozcan.
Texto oficial
ARTICULO 41.- Los requisitos de servicios, organización, funcionamiento y de ingeniería sanitaria de los bancos de sangre y plasma, así como de los servicios de transfusión, serán fijados por la Secretaría mediante normas técnicas y por instructivos o circulares, publicados en la Gaceta Sanitaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.