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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
55

Artículo 55 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te donan sangre, los doctores guardan una pequeña parte de esa sangre (llamada muestra piloto) por separado. Esa muestra se tiene que conservar al menos 24 horas después de que ya se le haya puesto la sangre a otra persona. Esto sirve por si hay algún problema después de la transfusión y necesitan analizar la sangre otra vez.

Texto oficial

ARTICULO 55.- De cada unidad de sangre o sus fracciones se tendrá una muestra piloto que se conservará por un mínimo de 24 horas, después de haberse transfundido. SECCION CUARTA De la Disposición de Productos

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 14) ↗

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