Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Nadie puede usar tus órganos, tejidos o tu cuerpo después de morir si tú no quisiste donarlos. La ley respeta totalmente tu decisión, aunque ya no estés vivo. Si en vida dijiste que no querías donar, nadie puede cambiar eso.
Texto oficial
ARTICULO 9o.- En ningún caso se podrá disponer de órganos, tejidos, productos y cadáveres, en contra de la voluntad del disponente originario. CAPITULO II De los Disponentes
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.