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Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La sangre que se obtiene de personas que la donan de manera voluntaria (no por obligación) no se puede vender ni intercambiar como si fuera un producto comercial. Los bancos de sangre y los servicios de transfusión deben tener ciertos espacios y servicios básicos, como una sala de espera, área para exámenes médicos, un laboratorio, un lugar para aplicar la sangre o sus partes, así como espacio para guardarla correctamente. También necesitan una oficina para el control administrativo y la entrega de derivados de la sangre, y unos baños adecuados. Todo esto es para que el proceso sea seguro y esté bien organizado.

Texto oficial

ARTICULO 39 -La sangre obtemda de pro• y~ed9res eventuales en nlngun caso po~rá ser oPJ~to de actos de comerclO . A,RTICULO 40 -Los bancos de sangre y plasma, aSI como los serVICIOS de transfuslOn, de~erán contar con los SIgUIentes serVlClOs Ü Sala de espera, .~1) Exámenes medu:os, f lID Laboratoflo chmco, li W) ~ngrado o aplIcaCIón de la sangre y sus fraccIOnes, V) ConservacIOn, VI) Control admIrulitrabvo y sumlmstro de denvados, y ¡ VID InstalaCIOnes liarutanas adecuadas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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